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Contrato adjudicado

El objeto del contrato es la ejecución de las obras correspondientes al Proyecto “Construcción de Báscula Puente en El Peral, Ribadedeva”. Las necesidades que se han de satisfacer con el contrato son las definidas en el Proyecto Memoria Valorada de abril 2021 suscrita por el Ingeniero técnico de obras públicas D. Melchor Esteban Garcia y que obra en el Expediente Electrónico 274/2021. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. De acuerdo con el artículo 13.3 de la LCSP los contratos de obras se referirán a una obra completa, entendiendo por esta la susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente, sin perjuicio de las ampliaciones de que posteriormente pueda ser objeto y comprenderá todos y cada uno de los elementos que sean precisos para la utilización de la obra.

Expediente2/2021Expediente en PLACSP(abre en una pestaña nueva)Adjudicadoel

Alcaldía del Ayuntamiento de Ribadedeva adjudicó el 5 de noviembre de 2021 este contrato de obras a Pinabe Sociedad Cooperativa Asturiana por 60.292 €, un 2 % por debajo de su presupuesto, entre 3 ofertas.

Alcaldía del Ayuntamiento de RibadedevaObrasAbierto simplificadoAsturias

Presupuesto
61,5 mil €
sin IVA
Importe adjudicado
60,3 mil €
sin IVA
Baja
2 %
sobre el presupuesto sin IVA
Ofertas recibidas
3
Fuente: Plataforma de Contratación del Sector Público (Ministerio de Hacienda) · Último cambio en el expediente el ·
Cómo contamosCada lote adjudicado a una empresa cuenta como un contrato, tanto si está adjudicado como si ya está formalizado (firmado). Las licitaciones desiertas, desistidas, renunciadas o anuladas no cuentan. En los acuerdos marco con varias empresas por lote, cada una cuenta como adjudicataria aunque no tenga importe individual. Los importes son sin IVA, tal como los publica la Plataforma; los de Transparencia Catalunya incluyen IVA y se marcan como «IVA inc.». En los acuerdos marco en que todas las empresas de un lote figuran con el mismo importe, ese importe es el techo del lote: no se atribuye a ninguna empresa y en el organismo se cuenta una vez. Los importes más de 50 veces superiores a su presupuesto (y de más de 1 M€) se muestran como dudosos y no se suman. Las comparaciones de ofertas usan la mediana de los lotes adjudicados en los últimos 24 meses (un valor por lote) y solo se muestran con al menos 10 lotes del organismo o 30 del sector. La baja se calcula por lote, frente a su presupuesto sin IVA; «con baja» es más de un 0,5 % por debajo y la baja mediana se toma solo entre esos, porque muchos contratos se adjudican por su presupuesto exacto (precios unitarios o importes máximos). Mismo periodo y mismos mínimos de muestra que las ofertas. La concentración y las cuotas de cada empresa se calculan sobre el importe atribuido a empresas: sin los techos de acuerdo marco, los importes dudosos ni las adjudicaciones a agrupaciones sin empresa identificada. El desglose por lotes está completo desde 2024; en años anteriores solo conocemos el lote principal de cada licitación. Más en la metodología.

Adjudicatario

Adjudicatarios de «El objeto del contrato es la ejecución de las obras correspondientes al Proyecto “Construcción de Báscula Puente en El Peral, Ribadedeva”. Las necesidades que se han de satisfacer con el contrato son las definidas en el Proyecto Memoria Valorada de abril 2021 suscrita por el Ingeniero técnico de obras públicas D. Melchor Esteban Garcia y que obra en el Expediente Electrónico 274/2021. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. De acuerdo con el artículo 13.3 de la LCSP los contratos de obras se referirán a una obra completa, entendiendo por esta la susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente, sin perjuicio de las ampliaciones de que posteriormente pueda ser objeto y comprenderá todos y cada uno de los elementos que sean precisos para la utilización de la obra.»
AdjudicatarioImporte
Pinabe Sociedad Cooperativa AsturianaAdjudicado60.292 €

Cómo se compara

Calculado por OpenDataLicit con todos los contratos de la Plataforma

Competencia

Ofertas recibidas frente a la mediana de contratos comparables (últimos 24 meses)
ReferenciaOfertas
Este contrato3
Construcción y Obras (obras)64.418 lotes en España · mediana2
Toda España496.156 lotes · mediana2

Contratos con una sola oferta: 33 % en Construcción y Obras (obras) · 47 % en toda España.

Medianas de los lotes adjudicados en los últimos 24 meses, un valor por lote.

Baja

Se adjudicó con una baja del 2 %.

Baja sobre el presupuesto en contratos comparables (últimos 24 meses)
ReferenciaCon bajaBaja mediana
Este contrato—2 %
Construcción y Obras (obras)59.730 lotes en España75 %9,9 %
Toda España412.694 lotes58 %15 %

Lotes adjudicados en los últimos 24 meses, frente a su presupuesto sin IVA. «Con baja»: más de un 0,5 % por debajo; la mediana, solo entre esos.

Concentración

Las 5 empresas que más ganan con Alcaldía del Ayuntamiento de Ribadedeva suman el 96 % de lo que adjudica (312,1 mil € en total). Pinabe Sociedad Cooperativa Asturiana es la 3.ª.

Relación de la empresa con el organismo

Criterios de adjudicación

Cómo se valoraron las ofertas, con su peso en puntos

Criterios de adjudicación de «El objeto del contrato es la ejecución de las obras correspondientes al Proyecto “Construcción de Báscula Puente en El Peral, Ribadedeva”. Las necesidades que se han de satisfacer con el contrato son las definidas en el Proyecto Memoria Valorada de abril 2021 suscrita por el Ingeniero técnico de obras públicas D. Melchor Esteban Garcia y que obra en el Expediente Electrónico 274/2021. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. De acuerdo con el artículo 13.3 de la LCSP los contratos de obras se referirán a una obra completa, entendiendo por esta la susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente, sin perjuicio de las ampliaciones de que posteriormente pueda ser objeto y comprenderá todos y cada uno de los elementos que sean precisos para la utilización de la obra.»
CriterioPeso
Precio más bajo10

Pliegos y documentos

Alojados en la Plataforma de Contratación del Sector Público

Más licitaciones del organismo

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  1. 198,5 mil €presupuestoResuelta
  2. 34,7 mil €Formalizadofirmado el
  3. 36,7 mil €Adjudicadoel
  4. 96,3 mil €Formalizadofirmado el
  5. 198 €Formalizadofirmado el
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Fuente: Plataforma de Contratación del Sector Público (Ministerio de Hacienda) · Último cambio en el expediente el

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